Importe (Sin Imp.)
194.381,95 €
Total: 235.202,16 €
Valor Estimado
194.381,95 €
Expediente
502/2026
Plazo Presentación
27/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Construcción general de inmuebles y obras de ingeniería civil
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
4 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| MEMORIA TECNICA. MEMORIA DE CALIDADES | 5 | Juicio de Valor |
| MEJORAS | 70 | Matemático |
| MEMORIA TECNICA. ESTUDIO DEL PROYECTO | 10 | Juicio de Valor |
| OFERTA ECONOMICA | 5 | Matemático |
| MEMORIA TECNICA. PLAN DE OBRA | 10 | Juicio de Valor |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará, a tenor de lo en él reflejado y excepto prueba de lo contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo a) El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior a 136.067,37 euros, equivalente al 70 % del valor estimado del contrato, en obras del mismo grupo o subgrupo de clasificación o de igual o similar naturaleza que las que constituyen el objeto del contrato. b) En el caso de empresas de nueva creación, entendiendo por tales las que tengan una antigüedad inferior a cinco años, y al ser el valor estimado del contrato inferior a 500.000 euros, la solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios previstos en las letras b) a f) del artículo 88.1 de la LCSP, sin que resulte aplicable el medio relativo a la experiencia previa en obras ejecutadas.
La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará, a tenor de lo en él reflejado y excepto prueba de lo contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a 291.572,93 euros (1,5 x valor estimado del contrato), de conformidad con el artículo 87.1.a) de la LCSP. Seguro de responsabilidad civil por importe mínimo de 300.000,00 euros, cuando proceda como medio adicional de acreditación en los términos previstos en el expediente.