Importe (Sin Imp.)
850.000,00 €
Total: 1.028.500,00 €
Valor Estimado
977.500,00 €
Expediente
57/2026
Plazo Presentación
6/11/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
Establecimiento del Acuerdo Marco
Presentación
Electrónica
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| CRITERIO 4. Varios (hasta 8 puntos) | 0 | Matemático |
| CRITERIO 1. Oferta económica (hasta 48 puntos) | 48 | Matemático |
| CRITERIO 3. Integración laboral (1 punto) | 1 | Matemático |
| CRITERIO 2. Tiempo de respuesta (hasta 3 puntos) | 3 | Matemático |
| MEMORIA TÉCNICA (hasta 40 puntos) | 0 | Juicio de Valor |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Preferencia para empresas dedicadas a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social
Código: 13
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Capacidad de obrar
Código: 1
No prohibición para contratar
Código: 2
De conformidad con el artículo 90.1.a) de la LCSP, se acreditará mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del acuerdo marco en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indiquen el importe, la fecha y el destinatario, público o privado. Acreditación de la solvencia técnica: los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditarán mediante certificado expedido por este o, a falta de certificado, mediante una declaración de la empresa acompañada de los documentos obrantes en su poder que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un servicio o trabajo es de igual o similar naturaleza al objeto del acuerdo marco se atenderá a la correspondencia con los códigos CPV indicados en este pliego. En el Sobre nº 1 se presentará el DEUC. La acreditación documental se exigirá a las empresas propuestas como adjudicatarias. Cláusulas 6.4, 8 (Sobre nº 1) y 13.11 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
De conformidad con el artículo 87.1.a) de la LCSP, la solvencia económica y financiera se acreditará mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades de la empresa y de presentación de las ofertas. Requisito mínimo de solvencia económica: el volumen anual de negocios mínimo, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, será equivalente a una vez y media el valor estimado del acuerdo marco, IVA excluido, esto es, 1.466.250 euros (un millón cuatrocientos sesenta y seis mil doscientos cincuenta euros). Acreditación de la solvencia económica: el volumen anual de negocios se acreditará mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si la empresa estuviera inscrita en dicho registro, y, en caso contrario, mediante las depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrita. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil lo acreditarán mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por dicho registro. En el Sobre nº 1 se presentará el DEUC. La acreditación documental se exigirá a las empresas propuestas como adjudicatarias. Cláusulas 6.3, 8 (Sobre nº 1) y 13.11 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.