Importe (Sin Imp.)
868.297,16 €
Total: 1.050.639,57 €
Valor Estimado
868.297,16 €
Expediente
2020017144 PA 038/2026/3003
Plazo Presentación
8/11/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Obras
Subtipo
Otras instalaciones de edificios y obras
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Capacidad de obrar
Código: 1
La solvencia técnica o profesional se acreditará en virtud de lo establecido en los artículos 88, 89 de la LCSP. La solvencia técnica exigida está motivada por la necesidad de que los licitadores dispongan de la experiencia necesaria para la correcta ejecución del contrato. Una relación de los principales suministros y obras realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente
Se acreditará por medio de la cuenta de pérdidas y ganancias en cualquiera de los tres últimos ejercicios contables aprobados y depositados en el Registro Mercantil u oficial que corresponda, acreditando mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas. Los empresarios individuales no inscritos deben de presentar su libro de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. De acuerdo con el artículo 87.4 de la LCSP la solvencia económica y financiera requerida en el procedimiento que nos ocupa resulta proporcional al objeto contractual y no supone un obstáculo al principio de libre concurrencia. El volumen anual de negocios, al que se hace referencia en dicho artículo, se considera el más apropiado para el objeto de este contrato, presupone que el licitador dispone de liquidez necesaria que pueda garantizar, desde el punto de vista económico, la ejecución del contrato