Importe (Sin Imp.)
32.579,22 €
Total: 39.420,86 €
Valor Estimado
32.579,22 €
Expediente
A2027/000152
Plazo Presentación
26/10/2026 (19:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Otros servicios
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
4 Mes(es)
Procedimiento
Abierto simplificado
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Prórrogas
Prórrogas convencionales previstas: No
Opciones
Modificaciones previstas: No
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Cobertura del seguimiento en noticias en medios impresos | 15 | Matemático |
| Oferta económica | 20 | Matemático |
| Cobertura del seguimiento en noticias en medios digitales | 15 | Matemático |
| Detalle del análisis de la presencia institucional en cada uno de los equipos analizados | 15 | Matemático |
| Cobertura del seguimiento en noticias en cadenas de TV | 15 | Matemático |
| Periodo de tiempo de seguimiento y valoración en términos de audiencia de la presencia de los equipos en medios | 20 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
Código: 8
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
No prohibición para contratar
Código: 2
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
Capacidad de obrar
Código: 1
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Según establece el artículo 11.5 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, los contratos cuyo valor estimado no exceda de 35.000 euros están exentos de su acreditación.
Según establece el artículo 11.5 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, los contratos cuyo valor estimado no exceda de 35.000 euros están exentos de su acreditación.