Contrato mixto de servicios y suministros, por lotes, para llevar a cabo las obras de conexión entre la Plaza Marqués de Aracena y calle San Blas de Aracena (Huelva).
Importe (Sin Imp.)
22.278,27 €
Total: 26.956,71 €
Valor Estimado
22.278,27 €
Expediente
5456/2026
Plazo Presentación
27/10/2026 (23:59:00)
Tipo de Contrato
Suministros
Subtipo
Adquisición
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
1 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Manual
Organismo de Contratación
Ver página del organismoPrórrogas y Modificaciones
Prórrogas
La DURACIÓN DEL CONTRATO de los servicios y/o suministros descritos pormenorizadamente en este Pliego será de UN (1) AÑO desde la firma del contrato, pudiendo prorrogarse hasta el 31 de diciembre de 2027.
Opciones
La DURACIÓN DEL CONTRATO de los servicios y/o suministros descritos pormenorizadamente en este Pliego será de UN (1) AÑO desde la firma del contrato, pudiendo prorrogarse hasta el 31 de diciembre de 2027.
Criterios de Adjudicación
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Optimización del programa de prestación de los servicios y/o suministros | 15.38 | Juicio de Valor |
| Mejoras de las calidades de la prestación de los servicios y/o materiales ofertados | 7.69 | Juicio de Valor |
| Mejoras en la garantía adicional | 4.62 | Matemático |
| Utilización de medios de transporte con un menor impacto en el medio ambiente | 7.69 | Matemático |
| Porcentaje de descuento sobre la tarifa estándar en servicios y suministro de materiales relacionados y no listados como conceptos del proyecto | 18.46 | Matemático |
| Oferta económica | 46.15 | Matemático |
Requisitos de Participación
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Capacidad de obrar
Código: 1
La solvencia técnica o profesional de los licitadores se podrá acreditar por cualquiera de los medios considerados en el artículo 92 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Si, por cualquier motivo, el licitador no está en condiciones de aportar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia técnica o profesional por medio de cualquier otro documento o DECLARACIÓN RESPONSABLE.
La solvencia económica o financiera de los licitadores se podrá acreditar por cualquiera de los medios considerados en el artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Si, por cualquier motivo justificado, el/la licitador/a no estuviese en condiciones de aportar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento o DECLARACIÓN RESPONSABLE.