Importe (Sin Imp.)
4.237.041,41 €
Total: 4.237.041,41 €
Valor Estimado
12.903.384,72 €
Expediente
16788/2020
Plazo Presentación
17/8/2021 (10:00:00)
Tipo de Contrato
Servicios
Subtipo
Servicios sociales y de salud
CPV
Lugar de Ejecución
Duración
2 Año(s)
Procedimiento
Abierto
Financiación UE
No
Tramitación
Ordinaria
Sistema Contratación
No aplica
Presentación
Electrónica
Recursos
Prórrogas
3 prórrogas anuales
| Criterio | Ponderación | Tipo |
|---|---|---|
| Compromiso de instalación de grúa | 10 | Matemático |
| Oferta económica | 30 | Matemático |
| Compromiso de incorporación de nutricionista de modo presencial | 10 | Matemático |
| Compromiso de implantación de sistemas auditivos que faciliten la accesibilidad y comprensión de la información en salas y espacios de utilidad grupal | 10 | Matemático |
| Compromiso doble menú | 10 | Matemático |
| Compromiso de impartir programas terapéuticos en la piscina | 10 | Matemático |
| Compromiso de impartir actividades y programas intergeneracionales | 10 | Matemático |
| Compromiso de incorporación psicólogo/a | 10 | Matemático |
Se requiere solvencia para esta licitación.Consulte los pliegos para más detalles.
No prohibición para contratar
Código: 2
Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Código: 5
No estar incurso en incompatibilidades
Código: 3
Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
Código: 4
Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Código: 9
Capacidad de obrar
Código: 1
Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
Código: 12
Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años de igual o similar naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados. Criterio: Se exige acreditar, en el año de mayor ejecución de los tres últimos años citados, un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, esto es, 1.806.473,86. En las Uniones temporales de empresas se acumularán los trabajos realizados por cada una de las empresas componentes de aquélla en proporción a su % de participación en la unión. Se acreditará mediante: certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. En el certificado o declaración del empresario deberá de indicar: el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a la semejanza o similitud de los trabajos realizados objeto del contrato, pero no se exigirá la identidad entre los mismos. Para dicha determinación, además de acudir a los tres primeros dígitos del CPV, se acudirá a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos(CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE),que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia técnica conforme a lo dispuesto en el Anexo V del PCAP.
Volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio en los tres últimos años, por importe igual o superior la anualidad media del contrato, esto es, 2.580.676,94 euros. Se acreditará mediante: sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil, o en su caso, mediante las liquidación/es o declaración/es anual/es de impuesto/s donde figure aquel, para el supuesto de empresarios indivisuales no inscritos en el Registro Mercantil. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia económica mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 87.3 a) de la LCSP, sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP.
Resultado
Adjudicado
Adjudicatario
MIMARA RESIDENCIAL, S.L.
Importe Adjudicación
4.237.041,41 €
Licitadores
5